La Asociación de Hoteles y Turismo de la República Dominicana (ASONAHORES) busca esclarecer el debido cobro de la propina legal, afirmando que sus asociados cumplen a cabalidad con la normativa vigente sobre la Propina Legal, la cual existe como un beneficio del trabajador del sector turístico, restaurantes y bares. Establece que la normativa es establecida en el Código de Trabajo y su repartición es debidamente reglamentada.

La entidad Aseguró que sus asociados, además de mantener un riguroso cumplimiento del cobro y la entrega de la propina, lo hace acorde a lo establecido por la Suprema Corte de Justicia en la sentencia no. 10 del 14 de enero de 2007 que “el referido 10% puede ser aplicado a quienes personalmente, por vía telefónica o cualquier otra, solicitan pedidos de alimentos o bebidas que serán consumidos fuera del establecimiento donde se expenden y consecuencialmente no están sometido al trato antes indicado”.

La Suprema Corte también dijo sobre el cobro de la propina legal que este “beneficio no está dirigido exclusivamente a los mozos y camareros y despachadores de barras que tienen contacto directo con el cliente, sino que el resultado de lo percibido por el diez por ciento (10%) de propina, debe ser distribuido entre todos los trabajadores que laboran en la empresa, aun cuando no tuvieren contacto directo con éste, salvo los que presten servicios en el “área de administración”. Este dictamen validó el artículo 39 del Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo. Este cumplimiento ha sido exigido por el Ministerio de Trabajo y sus Inspectores a sus asociados.

En virtud de la comunicación que envía PROCONSUMIDOR a inicios del presente año, en la que advierte que “el diez por ciento (10%) de propina legal” solo debe ser exigido cuando el acto de consumo se realice dentro del mismo establecimiento y no en los casos de servicios de “delivery” o “take out”, ASONAHORES expresa que este no es un beneficio para los hoteles y restaurantes, si no que cuyo objetivo es proteger los ingresos de los trabajadores que se originan en la propina. “¿Y es que el que arriesga su vida al llevar una comida a la casa no le sirve al cliente o el que prepara el empaque no les sirve de forma adecuada y rápida?”.

Explico que en busca de la claridad y con el propósito de estar en cumplimiento de las normativas han elevado un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo que los ayude a tomar la decisión correcta en protección de los consumidores y en respeto del derecho de los empleados, tomando en consideración que PROCONSUMIDOR no es la entidad llamada a interpretar las normas del Código de Trabajo, si no al Ministerio de Trabajo y a la Suprema Corte de Justicia, quien ya se ha pronunciado al respecto. Encontrándose en la actualidad en espera que dicho Tribunal realice la debida fijación de audiencia.

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